Ley 50 transferencias: obligaciones y sanciones en 2025

¿Prestas servicios o vendes productos? La Ley 50 transferencias te obliga a iniciar actividades si superas 50 operaciones. Evita multas con asesoría experta.

Ley 50 transferencias – Lo que debes saber si prestas servicios

La Ley 50 transferencias ha generado un cambio estructural en cómo deben declarar actividades económicas ciertos contribuyentes en Chile. Esta normativa, vigente desde el 1 de enero de 2025, establece que si una persona natural, empresa o sociedad realiza 50 o más transferencias o prestaciones de servicios al año calendario, queda automáticamente sujeta a la obligación de iniciar actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). La Ley 50 transferencias no deja espacio a interpretaciones ambiguas: si se supera ese umbral de operaciones, el contribuyente entra en la categoría de obligado tributario, y no basta con emitir boletas o facturas ocasionales. El objetivo de la Ley 50 transferencias es cerrar los vacíos normativos por los cuales algunos prestadores de servicios evitaban formalizar su situación tributaria, a pesar de realizar actividad económica habitual. La exigencia de iniciar actividades implica que también deberán cumplir con declaraciones mensuales (F29), llevar contabilidad si corresponde, y presentar declaración anual (F22). Si no lo hacen, el artículo 68 del Código Tributario establece que el plazo para declarar inicio de actividades es de dos meses desde el comienzo efectivo de las operaciones. En caso de no hacerlo, se incurre en sanciones establecidas en el artículo 97 N°2 y N°4 del mismo código, lo que puede significar multas de hasta 100 UTM. Además, si el SII detecta actividad económica reiterada sin declaración de inicio, se puede iniciar fiscalización retroactiva. Esto incluye revisión de boletas, facturas, transacciones electrónicas y movimientos bancarios. En resumen, la Ley 50 transferencias obliga a quienes repitan actividades económicas a formalizar su situación y declarar impuestos adecuadamente. Incumplir esta normativa no solo acarrea multas, sino que puede poner en riesgo la continuidad del negocio. Por eso, contar con una asesoría como Conta Fácil es clave para entender la Ley 50 transferencias, aplicar correctamente sus exigencias y evitar sanciones que afecten tu crecimiento.

Riegos de prestar servicios o vender productos y no estar formalizado

La entrada en vigencia de la Ley 50 transferencias representa un punto de inflexión para quienes desarrollan actividades económicas de manera informal o intermitente. Uno de los aspectos más relevantes de esta normativa es que aplica indistintamente al tipo de actividad: ya sea que vendas productos por internet, realices asesorías, clases particulares, servicios técnicos, actividades artísticas o cualquier otra forma de prestación económica, si alcanzas o superas las 50 transferencias en el año calendario, debes regularizar tu situación tributaria. Esto significa declarar inicio de actividades y cumplir con todas las obligaciones correspondientes ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). La Ley 50 transferencias elimina el argumento de que ciertas operaciones son “ocasionales” o “esporádicas”, y establece un criterio cuantitativo que no da lugar a interpretación. Su aplicación es clara y objetiva, lo que facilita al SII realizar seguimientos automatizados mediante cruces de información electrónica y bancaria. Por esta razón, ignorar la Ley 50 transferencias puede exponer a las personas y empresas a fiscalizaciones no solo del año en curso, sino también retroactivas, incluyendo la aplicación de intereses, reajustes e incluso multas cercanas a 100 UTM, lo que puede ser devastador para una pyme o trabajador independiente. Además, se arriesga a perder beneficios tributarios a los que podría acceder formalmente, como el régimen Pro Pyme o devoluciones de IVA. Lo más prudente es anticiparse, revisar el número de operaciones realizadas durante el año y, si se está cerca del umbral, buscar orientación profesional para regularizar la situación antes de que el SII lo detecte. La Ley 50 transferencias no debe verse como una carga, sino como una oportunidad para formalizar y acceder a mejores herramientas de crecimiento y financiamiento. En Conta Fácil acompañamos este proceso desde el inicio, brindando asesoría en la declaración de actividades, régimen tributario adecuado, y estructura contable que permita no solo cumplir con la Ley 50 transferencias, sino también optimizar la carga impositiva legalmente. Estar al día con tus obligaciones no solo evita sanciones, sino que te posiciona como un actor formal y confiable dentro del mercado. La Ley 50 transferencias llegó para quedarse, y adaptarse a ella es un paso fundamental para el desarrollo sostenible de cualquier emprendimiento.

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